¿En qué consiste el sistema de compensación de la unidad de ejecución de un terreno? En este sistema, se mantiene a los propietarios del suelo, distribuyendo equitativamente entre ellos el aprovechamiento urbanístico que les corresponda, así como la doble carga de ceder los terrenos rotacionales y de costear la urbanización conforme a las previsiones del planeamiento. El sistema se configura como un fenómeno de auto-administración, ya que los propietarios deben organizarse mediante la Junta de Compensación, entidad de naturaleza privada que ejerce ciertas potestades administrativas. El proyecto de compensación debe contener la localización de los aprovechamientos y cesiones Su aprobación produce la transmisión al Municipio de los terrenos de cesión obligatoria. La Junta ejecuta el Proyecto de Urbanización.
En la legislación urbanística autonómica de Aragón, se recoge en la LUA, en los artículos 158 y 159. Allí se recogen todos y cada uno de los aspectos detallados por el técnico municipal para la concesión de la licencia.
¿Qué dicen estos artículos? En la gestión indirecta por compensación, los propietarios, previa aprobación del correspondiente programa de compensación, se constituyen en junta de compensación, aportan los terrenos de cesión obligatoria mediante reparcelación y ejecutan a su costa la obra pública de urbanización en los términos y condiciones que se determinen en el planeamiento.
Además, no será precisa la constitución de junta de compensación cuando todos los terrenos pertenezcan a un mismo titular.
Por otra parte, junto al programa de compensación podrá presentarse también proyecto de reparcelación para todos los terrenos afectados, en condiciones de ser aprobado con el programa y suscrito por todos los propietarios, incluidos los de terrenos exteriores que hayan de hacer efectivos los aprovechamientos subjetivos que les correspondan en la unidad o unidades. Deberá presentarse en todo caso proyecto de reparcelación cuando todos los terrenos pertenezcan, directa o indirectamente, a un mismo titular.
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César David Ciriano Vela
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